La donación es un gesto altruista que permite que otras personas puedan seguir viviendo o mejoren su calidad de vida mediante un trasplante. No se permite ningún tipo de compensación económica y no se pueden dar a conocer las identidades de donantes ni receptores.
Según la Ley de trasplantes, en España todos somos considerados donantes si en vida no hemos expresado lo contrario. Sin embargo, esa expresión puede haber sido formulada de diferentes modos, lo que conduce a preguntar a familiares o allegados sobre la voluntad del fallecido para que presten el consentimiento familiar.
Puede ser donante de órganos toda persona que en vida decida que, a su muerte, sus órganos sirvan para salvar o mejorar la vida de otros, siempre que el fallecimiento acontezca en la UCI de un hospital, para que sea posible la preservación de los órganos. Los donantes de órganos son personas de cualquier edad que fallecen en un hospital por problemas que afectan directamente al cerebro, como traumatismos y hemorragias. Sólo personas con enfermedades transmisibles (infecciones y cáncer) no son aceptadas como donantes. Enfermedades localizadas en uno o varios órganos no prejuzgan la utilización de otros órganos o tejidos para trasplante.
Se pueden donar los riñones, el hígado, el corazón, el páncreas y los pulmones. Además, de una donación también se pueden obtener tejidos, igualmente muy necesarios, como hueso, las córneas o las válvulas cardíacas. La extracción de órganos se realiza en un quirófano y es como una intervención quirúrgica. Los órganos donados se trasplantan rápidamente al mejor receptor de la lista de espera. La selección se basa en criterios objetivos exclusivamente médicos que buscan la máxima supervivencia del órgano o tejido en el receptor.
Aunque lo primordial es que los familiares conozcan la voluntad del fallecido, existe la tarjeta de donante, un documento que se solicita y formaliza en vida y en el que se declara la voluntad de que se proceda a la donación de órganos y tejidos tras la muerte. Este documento no es imprescindible en España para ser donante, si bien algunas personas lo consideran útil y desean llevarlo como un compromiso adicional a su decidida voluntad de donación. No obstante, la posesión de un carné de donante no obvia que la familia conozca nuestro firme deseo de donación.